Auditoria revisión limitada | Informes Auditoria

Informes Auditoria de Revisión Limitada


Revisión limitada Cuentas Anuales, Revisión limitada de Estados Financieros al cierre del ejercicio o revisión limitada de Estados Financieros intermedios.

Una revisión limitada consiste en el examen de cuentas anuales o estados financieros, mediante la aplicación de un conjunto determinado de procedimientos, los cuales permiten al auditor informar acerca de si ha encontrado o no aspectos significativos respecto de las prácticas y normas contables adecuadas y otros hechos que llegaren a su conocimiento, que afecten sustancialmente a las cuentas anuales o los estados financieros que pueden ser provisionales o definitivos en función de la empresa.

El auditor realiza su trabajo siguiendo la Norma Internacional de Trabajos de Revisión 2400, emitida por el International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB) y publicada por la International Federation of Accountants (IFAC).

La revisión limitada de auditoría realizada por un auditor de cuentas miembro del ROAC consiste en la formulación de ciertas preguntas a los representantes de la entidad y la realización de ciertos procedimientos acordados con la empresa y otros procesos de revisión, que permitan proporcionar una seguridad relativa, acerca de la veracidad de la información sujeta a revisión, es decir, que dicha información está libre de errores.

Es decir, una revisión limitada de las Cuentas Anuales o Estados Financieros, permite al auditor determinar, si en base a procedimientos que no suministran toda la evidencia que debería ser requerida en una auditoría, ha llegado a su atención algún hecho que le haga creer que las Cuentas Anuales o Estados Financieros no están preparados en todos los aspectos significativos conforme a un marco identificativo de información financiera.

Al finalizar el trabajo de revisión limitada, el auditor deberá emitir un informe que deberá contener una clara expresión escrita de que “en base al trabajo realizado no he encontrado ningún aspecto…” o bien “he entrado lo siguientes aspectos..”.

Este informe de revisión limitada deberá describir el alcance del encargo de modo que permita al lector entender la naturaleza del trabajo realizado. En dicho informe debe quedar claro que no se ha realizado una auditoría y por lo tanto, no se expresa una opinión de auditoría, de acuerdo con los términos definidos en la vigente normativa de auditoría.

La revisión limitada está siendo muy utilizada en la actualidad por las empresas que no desean realizar una auditoría completa de la entidad, pero si desean obtener las manifestaciones de un profesional en relación a sus cuentas anuales o estados financieros.

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