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Informe de Auditoría Ecoembes


En el año 1996 se crea ECOEMBES (ECOEMBALAJES ESPAÑA S.A.), una empresa sin ánimo de lucro que colabora con las comunidades autónomas y ayuntamientos en la recogida selectiva de los envases y su posterior reciclado. Ecoembes nace como consecuencia de la normativa estipulada en la Ley 11/1997 de 24 de abril de Envases y Residuos de Envases, donde se hace mención de la obligación del poseedor final de los residuos de envases y envases usados  a entregarlos en condiciones adecuadas de separación por materiales a un agente económico para su reutilización, a un recuperador, a un reciclador o a un valorizador autorizados.

En este sentido, y también en esta misma ley, se contemplan las obligaciones que tienen las empresas de hacerse responsable de la correcta gestión de los envases que pone en el mercado, debiendo adherirse al Sistema Integrado de Gestión (SIG) de ECOEMBES cuando se cumple alguna de las siguientes condiciones:

  • La empresa vende productos envasados con marca propia o de distribución susceptibles de llegar al consumidor final en territorio nacional.
  • La empresa envasa, fabrica y vende productos susceptibles de llegar al consumidor final en territorio nacional.
  • La empresa importa y vende productos envasados susceptibles de llegar al consumidor final en territorio nacional.

Estas empresas deben cumplir con la obligación de realizar la Declaración Anual de Envases que debe presentarse antes del 28 de febrero, tal y como se contempla en RD 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, aunque las empresas de nueva adhesión tendrán el plazo de un mes desde la recepción de su contrato firmado. Si la declaración no se entregara dentro del plazo, la empresa quedaría excluida del informe anual que ECOEMBES envía el 31 de marzo a las Comunidades Autónomas sobre las empresas que han declarado. Además, el retraso en la entrega de la declaración conlleva la aplicación de una penalización económica, según lo estipulado en el contrato de adhesión a ECOEMBES.

ECOEMBES establece unos mecanismos de control y verificación de estas declaraciones de envases con el objetivo de comprobar:

  • La calidad de los datos que posteriormente se pondrán a disposición de las administraciones públicas.
  • El cumplimiento de las obligaciones legales por parte de las empresas adheridas al SIG.
  • La proporcionalidad de la aportación respecto a la cantidad de productos envasados puestos en el mercado.

Es importante que las empresas adheridas al SIG que tengan la obligación legal de realizar una Auditoría de sus cuentas anuales, tengan en cuenta que deberán presentar, antes del 31 de mayo de cada ejercicio, un Informe de Procedimientos Acordados, revisando la Declaración Anual de Envases, que deberá ser realizado por un auditor profesional independiente debidamente inscrito en el ROAC, quedando excluidas de esta obligación las empresas cuya declaración sea menor a 3.500,00 € y hayan entregado el Informe del ejercicio anterior sin incidencias. Además ECOEMBES podrá, cuando lo considere oportuno, verificar por medio de una auditoría los documentos que justifiquen la cantidad total de envases puestos en el mercado.

Como profesionales expertos en Informes de Auditoría conocemos el funcionamiento del marco legal de aplicación sobre envases y residuos de envases, así como también el proceso de la declaración anual gracias a la experiencia acumulada en la realización de Auditorías de este tipo y sus respectivos Informes de Procedimientos Acordados para ECOEMBES.

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